El decálogo de la prevención del abuso (II)

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La prevención del abuso sexual infantil es una decisión personal, familiar e institucional.

Anteriormente hablamos de la necesidad de transformar la organización en un contexto protector, un contexto sano, de cuidado y reconocimiento mutuos. No es posible proteger a los niños, niñas y adolescentes de cualquier forma de abuso (en particular de abuso sexual) si entre los adultos que conforman el contexto no se constituye un ambiente protector, sano, bientratante.

Y esto no ocurre de manera automática, sino que es decisión y acción permanentes: construir, fortalecer y defender un contexto de buen trato, de pensamiento crítico, de respeto irrestricto por los derechos humanos es el primer paso para prevenir el abuso sexual infantil. Es importante insistir en esto porque hay un error muy común en las organizaciones y supuestos especialistas en abuso sexual cuyo enfoque está puesto responsabilizar a los niños y en la prevención del abuso.

Serían los niños, niñas y adolescentes quienes deben ser capaces de advertir cuándo hay peligro y cuándo deben decir que no; deben ser capaces de distinguir secretos buenos de los malos, lo mismo con las caricias, distinguir las buenas de las malas. Y si hay malas caricias o secretos, deben aprender a decir que no, gritar, correr, golpear, denunciar. Si no lo hacen es porque no aprendieron a prevenir el abuso. Bueno, esto es un error enorme que solo acrecienta la sensación de culpa, en quienes han sido víctimas, culpa que es propia del trauma por abuso.

Esta culpa y vergüenza – por no haber dicho que no – pesará como silenciamiento sobre la posible víctima. O comodesconfianza en sí mismo y en los demás. Nuestra propuesta como Fundación para la confianza es que justamente la confianza debe ser elemento clave para prevenir el abuso sexual infantil. La confianza lúcida. Los niños, niñas y adolescentes tienen derecho a un ambiente de confianza en el que sepan a quién acudir en caso de problemas, de miedo, de confusión.

Y nosotros como adultos y adultas tenemos el deber de garantizar ese contexto de confianza lúcida. Si un niño o niña no sabe en quién confiar, entonces se culpabilizará a él o ella misma, vivirá en la desconfianza respecto de sí, debilitando su integridad, identidad, protección e incluso su capacidad para aprender. Entonces, resumiendo, la segunda ley de la prevención del abuso sexual infantil consiste en fortalecer las relaciones de confianza lúcida en las familias e instituciones, donde los niños y niñas sepan a quién pueden acudir en caso de necesidad, dudas o peligro.